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Ayuntamiento de Benamargosa

Escudo del municipio
18 de mayo de 2012
Estás en : Ayuntamiento - Actas de pleno - ACTA DE PLENO SESION ORDINARIA DE FECHA 26 DE MARZO DE DOS MIL DOCE

ACTA DE PLENO SESION ORDINARIA DE FECHA 26 DE MARZO DE DOS MIL DOCE

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR ESTE AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA VEINTISÉIS DE MARZO  DE DOS MIL DOCE.-



SEÑORES ASISTENTES


     ALCALDE – PRESIDENTE
D. José Gallego Pérez

   CONCEJALES
D. Francisco José Clavero Palacios
D. Miguel Fortes Fortes
D. Antonio Valverde Nieto.
Dª. María José Recio Yuste.
D. Fernando Jesús Rodríguez Luque
D. Francisco Marín Clavero.
Dª. Isabel María Cuenca Navas.

 

AUSENTES EXCUSADOS

AUSENTES SIN EXCUSA
D. Jaime Payá Gómez.

SECRETARIA
Dª. Carmen Borrego Checa

 

En la villa de Benamargosa siendo las 19.00 horas del día 26 de marzo de dos mil doce, se reunieron en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento los señores concejales anotados al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, D. José Gallego, al objeto de celebrar sesión ordinaria convocada en cumplimiento del artículo 78.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,  en primera convocatoria previamente practicada.

         Abierto el acto por la Presidencia, y dando fe la Secretaria de que concurre el quórum establecido en el Artículo 90.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, se procedió a tratar de los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día solicitado:

PUNTO Nº 1º: APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR:

Como primer punto del orden del día, se da cuenta del acta de la sesión extraordinaria celebrada el día siete de marzo de 2012. Dando cumplimiento a lo establecido por el Art.91.1 del ROF, el Sr. Alcalde-Presidente pregunta al Pleno si tienen pareceres que manifestar a la misma.

Ante la ausencia de observación alguna al respecto, y previa la oportuna votación, esta Corporación, con la asistencia de ocho de los nueve Concejales que de hecho y de derecho la componen, aprueba el borrador de acta de la sesión extraordinaria de 7 de marzo de 2012, con siete votos a favor (Grupo Popular), y una abstención (Grupo Socialista).

PUNTO Nº 2º.- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A LA CONSEJERÍA DE EMPLEO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO  MANCOMUNADO ESCUELA TALLER “LA RIVERA”.

En primer término se da cuenta de la Resolución de Alcaldía número 12/2012, de fecha 24 de enero, en cuya virtud este Ayuntamiento solicita subvención a la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía para la ejecución del Proyecto denominado “Escuela Taller La Rivera”, a los efectos de su oportuna ratificación plenaria y cuyo tenor literal es el que sigue:

“Visto el expediente elaborado y relativo al Proyecto denominado: Escuela Taller “La Rivera”, con la finalidad de solicitar a la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, que el mismo sea subvencionado, al amparo de lo dispuesto en la Orden de 5 de diciembre de 2006, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas.

Considerando que el Ayuntamiento de Benamargosa promueve este proyecto de Escuela Taller, en el que participan de forma mancomunada los Ayuntamientos de Benamargosa y Benamocarra.

Considerando que la Escuela Taller cuenta con dos módulos, de los que se desarrollará uno en cada uno de los municipios mancomunados, según se recoge en el anexo de solicitud.

Considerando que los Ayuntamientos  reúnen las condiciones y cumplen con los requisitos exigidos para poder acogerse a dicha convocatoria,

Considerando que para la tramitación del referido expediente es precisa su aprobación por este Ayuntamiento y que no ha sido posible su aprobación en pleno antes de la terminación del plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria correspondiente,

Teniendo en cuenta todo lo anteriormente expuesto.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el articulo 21.1 s)  de la Ley  7/1985 de 2 de Abril de Bases de Régimen Local, y demás normativa vigente y de aplicación a la materia

HE RESUELTO:

1º.- Aprobar el mencionado proyecto Escuela Taller mancomunado “La Rivera” en los mismos términos en los que figura redactado y se ha dado cuenta.

2º.- Solicitar al Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, la subvención correspondiente para la creación, desarrollo y realización de dicha Escuela Taller, por importe de Quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuatro euros ( 564.804 euros.)

3º.- Adoptar el compromiso de cofinanciación mediante aportación propia de una cantidad de 4.000 euros para dicho proyecto, que serán distribuidos proporcionalmente por los dos municipios interesados en el proyecto.

4º.- Adoptar el compromiso de aportar un plan de prevención de riesgos laborales, con objeto de eliminar o reducir los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivados de las condiciones de trabajo, antes de iniciar las actividades del proyecto.

5º.- Asumir el compromiso de adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades que determinados alumnos – discapacitados puedan presentar para que puedan desempeñar adecuadamente su ocupación.

6º.- Dar cuenta a la Corporación del presente, en la primera sesión plenaria que se celebre a fin de su oportuna ratificación”.

Considerando lo anterior, y visto que no ha sido posible su aprobación en pleno antes de la terminación del plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria correspondiente, se somete a votación plenaria la ratificación de la Resolución de Alcaldía referida, de tal forma que esta Corporación, con la asistencia de ocho de los nueve Concejales que de hecho y de derecho la componen, adopta, por unanimidad de los asistentes (siete Concejales del Grupo Popular, y uno del Grupo Socialista) el siguiente acuerdo:

1º.- Aprobar el mencionado proyecto Escuela Taller mancomunado “La Rivera” en los mismos términos en los que figura redactado y se ha dado cuenta.

2º.- Solicitar al Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, la subvención correspondiente para la creación, desarrollo y realización de dicha Escuela Taller, por importe de Quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuatro euros ( 564.804 euros.)

3º.- Adoptar el compromiso de cofinanciación mediante aportación propia de una cantidad de 4.000 euros para dicho proyecto, que serán distribuidos proporcionalmente por los dos municipios interesados en el proyecto.

4º.- Adoptar el compromiso de aportar un plan de prevención de riesgos laborales, con objeto de eliminar o reducir los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivados de las condiciones de trabajo, antes de iniciar las actividades del proyecto.

5º.- Asumir el compromiso de adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades que determinados alumnos – discapacitados puedan presentar para que puedan desempeñar adecuadamente su ocupación.


PUNTO Nº 3º.- APROBACIÓN INICIAL DEL PLAN LOCAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DE BENAMARGOSA.

Visto que la Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte, establece entre sus principios rectores la coordinación y la planificación de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas para el desarrollo del sistema deportivo andaluz (artículo 2.l), la supresión de barreras arquitectónicas en las instalaciones deportivas (artículo 2.g) y el respeto al medio ambiente y la protección del medio natural, prevaleciendo los usos comunes generales sobre los especiales y privativos (artículo 2.i). Junto a estos pronunciamientos generales, el Título VI de la misma Ley dedica a las instalaciones deportivas una novedosa y amplia regulación de la planificación pública de dichas instalaciones.

Considerando que el Decreto 144/2001, de 19 de junio, sobre Planes de Instalaciones Deportivas manifiesta en su Exposición de Motivos que toda vez que las instalaciones deportivas constituyen un elemento esencial no sólo para el ejercicio de cualquier deporte, sino para el fomento y la generalización de la práctica deportiva, la Administración deportiva andaluza llevará a cabo su necesaria planificación para lo cual, siguiendo el mandato legal, la Consejería de Turismo y Deporte elaborará y mantendrá actualizado un Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas en el que figurarán todas las existentes en Andalucía, cuyo régimen jurídico ha sido recientemente establecido por el Decreto 284/2000, de 6 de junio.

Resultando que en el referido Decreto se articula la figura de los planes locales de instalaciones deportivas, siendo uno de sus fines establecer las previsiones sobre tales instalaciones para la posterior dotación por los planes de urbanismo de las reservas de suelo correspondientes. Tales previsiones concretan y desarrollan las determinaciones del Plan Director de Instalaciones Deportivas en su respectivo ámbito territorial.

Considerando que la normativa dispone que el régimen de elaboración de los planes locales prevé que las aprobaciones inicial, provisional y definitiva de los mismos corresponderá al Pleno del municipio que lo ha formulado, siendo trámites obligatorios la información pública, la audiencia a otras Entidades Locales interesadas, así como el informe preceptivo del Consejo Andaluz del Deporte. Antes de la aprobación definitiva, el proyecto de plan local deberá ser remitido a la Consejería de Turismo y Deporte para su examen de adecuación a las determinaciones del Plan Director, previéndose el carácter positivo del mismo si no se notifica la resolución en el plazo de dos meses.

Asimismo, los planes locales deberán ser objeto de publicación oficial, serán obligatorios y llevarán implícita en su aprobación la declaración de utilidad pública e interés social de las obras e instalaciones previstas en los mismos a los efectos de la expropiación forzosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

La ejecución de los planes locales corresponderá, como regla general, al municipio que lo haya aprobado, el cual podrá, no obstante, recabar la colaboración y cooperación de otras Entidades Locales, especialmente de las provincias, y de la Junta de Andalucía.

Considerando todo lo anterior, y vista la elaboración del Plan Local de Instalaciones Deportivas de Benamargosa por parte de la SOPDE mediante encomienda de gestión del Servicio de Deportes de la Diputación Provincial de Málaga en convenio con la Junta de Andalucía, es preciso la continuación en la tramitación a través de la oportuna aprobación inicial del documento por el Pleno de la Corporación.

Tras la oportuna votación, esta Corporación, con la asistencia de ocho de los nueve Concejales que de hecho y de derecho la componen, con siete votos a favor (Grupo Popular), y una abstención (Grupo Socialista) adopta el siguiente acuerdo:

1º) Aprobar inicialmente el Plan Local de Instalaciones Deportivas de Benamargosa, elaborado por la SOPDE mediante encomienda de gestión del Servicio de Deportes de la Diputación Provincial de Málaga en convenio con la Junta de Andalucía, cuyo contenido consta en el expediente.

2º) Someter el mismo al trámite de información pública por plazo de un mes mediante la publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Málaga y Tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin de que durante el mismo todas aquellas personas que se consideren interesadas puedan formular las alegaciones y/o reclamaciones que estimen oportunas, estableciéndose que, de producirse éstas, serán informadas por el órgano de redacción del Plan y resueltas por este Pleno que, en su caso, acordará la aprobación provisional del mismo.

Tras dicho trámite, el Plan Local de Instalaciones Deportivas del Ayuntamiento de Benamargosa, se someterá a audiencia de la Diputación Provincial de Málaga, y, en su caso, de las Federaciones Deportivas interesadas, así como a informe del Consejo andaluz del deporte, por plazo de un mes, pudiéndose ambos trámites cumplimentarse de forma simultánea.

Evacuados estos trámites, y sin perjuicio de los informes sobre aspectos sectoriales que sean pertinentes, el Plan se elevará a la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, a fin de que por ésta se otorgue, en su caso, el parecer favorable del mismo, a los efectos que procedan, correspondiéndole al Pleno de la Corporación, la aprobación definitiva de dicho Plan.

3º) Facultar al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento para la firma de cuantos documentos resulten procedentes, así como para la adopción de cuantas resoluciones y trámites resulten necesarios en relación con la gestión de este asunto.


PUNTO Nº 4º.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE PRESCRIPCIÓN DE OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO.

Considerando lo  dispuesto  en  la  normativa  vigente  reguladora  de  la  ejecución  del  presupuesto:  Real Decreto-Legislativo 2/2004 de 3 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el   Real Decreto 500/90, de 20 de abril, que desarrolla  la  Ley  39/88 en  materia  de  Presupuestos y Bases  de  Ejecución  del Presupuesto.

Considerando lo establecido en la Orden [EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local u Orden EHA/4042/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Simplificado de Contabilidad Local].

Considerando lo dispuesto en el Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en relación con  el  instituto  jurídico  de  la “prescripción” (artículo  25)  que  se  fija  en  cuatro  años, contados  a  partir  de  la  fecha  de  notificación,  del  reconocimiento  o  liquidación  de  la respectiva obligación.

Vista la  conveniencia  y  oportunidad  de proceder a la aprobación inicial del    expediente de baja de obligaciones reconocidas, pendientes de pago, correspondientes a ejercicios cerrados.

Visto en todo momento la finalidad de depurar  los  saldos  de  las  obligaciones  pendientes  de  pago  de  ejercicios cerrados; de tal forma que tanto el Presupuesto como la contabilidad reflejen la imagen fiel de la realidad económico-financiera y presupuestaria del Ayuntamiento.

Visto Informe de Intervención de fecha 12 de marzo de 2012 y considerando que en el expediente constan obligaciones pendientes de pago por importe de 8.167,38 euros, prescritas, por el transcurso de cuatro años desde su reconocimiento, sin que medie reclamación por parte del acreedor de las mismas,  cuyo  desglose  y  detalle  se  contienen  en  el  anexo I  que  consta en el expediente.

Considerando la competencia plenaria para resolver este expediente en función de la interpretación  que   viene   realizando   el   Tribunal   de   Cuentas,   en   sus   informes   de fiscalización  de  las  Cuentas  de  las  Entidades  Locales,  y dado  que  la  baja  de  obligaciones  afecta  a  las  Cuentas  Generales  de  la Corporación, correspondientes a ejercicios cerrados,  por lo que, según dicho órgano supremo de fiscalización, la aprobación del expediente colectivo   de   baja   de   derechos   por   prescripción   debe   realizarse   por   el   Pleno   de   la Corporación.

Tras la oportuna votación, esta Corporación, con la asistencia de ocho de los nueve Concejales que de hecho y de derecho la componen, con siete votos a favor (Grupo Popular), y una abstención (Grupo Socialista) adopta el siguiente acuerdo:

1º.- Aprobar inicialmente el expediente de Baja de Obligaciones   Reconocidas, pendientes de pago, prescritas por el transcurso de 4 años desde el reconocimiento de las mismas,  procedentes de ejercicios cerrados, cuyo  importe del principal de la misma asciende a  8167,38 euros,  siendo el desglose y detalle por sujeto pasivo y concepto, el que se expresa en el ANEXO I que obra en el expediente.

2º.- Someter el expediente a información pública, por plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y Tablón de anuncios del Ayuntamiento, durante el cual los interesados podrán presentar alegaciones, reclamaciones o cualquier otro escrito, demostrando que han reclamado su deuda. De no presentarse reclamación alguna, el acuerdo inicial se elevará automáticamente a definitivo, dándose de baja en la contabilidad.


PUNTO Nº 5º.- DACIÓN DE CUENTAS DE LA RELACIÓN CERTIFICADA DE LAS OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO DE ACUERDO CON LOS ARTÍCULOS 1 Y 2 DEL REAL DECRETO 4/2012, DE 24 DE FEBRERO, POR EL QUE SE DETERMINAN OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN Y PROCEDIMIENTOS NECESARIOS PARA ESTABLECER UN MECANISMO DE FINANCIACIÓN PARA EL PAGO A LOS PROVEEDORES DE LAS ENTIDADES LOCALES.

Considerando el Real Decreto Ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago de los proveedores de las entidades locales, el cual establece en su artículo 3.1 la obligación de esta Intervención de emitir, con anterioridad al 15 de marzo de 2012, una relación certificada de todas las obligaciones pendientes de pago que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2:

a) Ser vencidas, líquidas y exigibles.

b) Que la recepción, en el registro administrativo de la entidad local, de la correspondiente factura, factura rectificativa en su caso, o solicitud de pago equivalente haya tenido lugar antes del 1 de enero de 2012.

c) Que se trate de contratos de obras, servicios o suministros incluidos en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Visto lo establecido en tal Real Decreto Ley con fecha 15 de marzo, previos los trabajos necesarios de análisis, examen y recopilación de todas las obligaciones pendientes de pago que constan en esta Entidad Local, por parte de Secretaría-Intervención se remiten, vía telemática al Ministerio de Hacienda y Administraciones Pública, un fichero de contratistas y un fichero de facturas, cumpliendo así con las prescripciones impuestas por las instancias del Gobierno Central, relación certificada que, salvo error u omisión, asciende al importe de 699.342,66, habiendo sido incluidas únicamente aquellas obligaciones que cumplen con los requisitos exigidos en el Real Decreto, y, por tanto, no incorporándose deudas con otras Administraciones, contratos privados de esta Entidad, ni tampoco las facturas prescritas por imperio de la Ley.

Todo ello sin perjuicio de que puedan añadirse nuevas obligaciones pendientes, caso de estimarse  solicitudes de emisión de certificado individual, una vez valorada la cuestión por la Intervención, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto.

Considerando el artículo 3.2 del Real Decreto Ley 4/2012, en cuya virtud  la relación certificada se expedirá por el interventor con obligación de informar al Pleno de la Corporación, se da cuenta pone al Pleno de la Corporación de dicha relación certificada.

PUNTO Nº 6º.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENAMARGOSA RELATIVA A LA SUBIDA DEL IMPUESTO DEL IRPF Y EL IBI DECRETADA POR EL GOBIERNO DE ESPAÑA.

Abierto el punto sexto en el orden del día,  se expone el contenido de la moción por Dª. Isabel María Cuenca Navas, siendo el mismo el que a continuación se transcribe:

“El Consejo de Ministros aprobó el 30 de diciembre de 2011 un Real Decreto Ley de medidas urgentes de orden económico y social, y de corrección del déficit público por el que se reduce el gasto en una cuantía aproximada de 8.900 millones de euros y se incrementan los ingresos en otros 6.275 millones de euros.

Este esfuerzo responde a un nuevo cálculo de previsión de déficit del conjunto de las Administraciones Públicas, que se sitúa alrededor del 8 por 100 según los últimos informes facilitados por la Intervención General del Estado.

El Gobierno ha defendido que estas medidas responden a la necesidad de afrontar el primer problema de España, que es el paro y que solo se puede vencer si facilitamos financiación de la economía del país, algo que el déficit público impide.

Por un lado, el Gobierno ha establecido un incremento del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), a través de una nueva figura impositiva que, en términos absolutos, recae en las rentas más bajas, aunque el tipo es progresivo.

Por otro lado, el Gobierno justifica el aumento del IBI sosteniendo que persigue que las Entidades Locales no pongan en peligro el objetivo de estabilidad presupuestaria. Se estable la aplicación durante los ejercicios 2012 y 2013 para los inmuebles urbanos de un incremento del tipo impositivo del IBI. Se calcula que la reforma supondrá un incremento de la recaudación para las Entidades Locales de 918 millones de euros.

Este incremento se ha establecido de una manera progresiva (10 por 100, 6 por 100, 4 por 100) atendiendo a la antigüedad de la revisión catastral y, por tanto, a su adecuación al valor del mercado; a mayor antigüedad del valor, mayor subida. El cálculo de cómo afecta a cada propietario es complejo, ya que va a depender por un lado del valor catastral(en relación con la medida de cada municipio) y a cuando se ha realizado la última revisión de ese valor (lo que supone un incremento que varía del 4% al 10%). La medida afecta a 7.585 de los 8.116 municipios que hay en España. En cualquier caso, en los ayuntamientos donde la revisión catastral se haya efectuado a partir de 2002, la revisión solo afectará al 50% de las viviendas, aquellas que quedan por encima del valor catastral medio en cada municipio. En el resto, en torno a 18 millones de viviendas, la subida del IUBI afectará a todos los inmuebles.

Tanto la aplicación de una nueva figura impositora en el IRPF y del aumento del IBI ha sido rechazada por la mayoría de los agentes sociales por desacertada e injusta, pero sobre todo porque es un auténtico freno a la reactivación del consumo y de la economía en genera, afectando sobre todo a las familias y las clases medias de nuestro país.

La mayoría de los ayuntamientos ha congelado el IBI o aplica a determinados grupos de contribuyentes (familias numerosas, jubilados, empadronados, etc.) bonificaciones para rebajar los recibos. Esta política se ha incrementado con la crisis económica para amortiguar sus efectos entre colectivos sociales desfavorecidos.

La medida representa un aumento de los ingresos municipales, pero no puede traducirse en una descentralización o transferencia de recursos del Estado a los entes locales, es claramente un aumento de impuesto en unos duros momentos, el cual recae en las clases medidas y contradice las manifestaciones públicas y propuestas electorales del Partido Popular, que durante los últimos años ha afirmado, por boca de sus máximos dirigentes, que cualquier subida de impuestos directos o indirectos significaba más paro y recesión.

Por todo lo anterior, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Benamargosa propone los siguientes ACUERDOS:

Primero.- Rechazar la aplicación de una nueva figura impositiva en el IRPF y el IBI por injusta y desacertada al cargar sobre las clases medidas el esfuerzo del plan de ajuste contra el déficit y ahondar en la recesión económica y la destrucción de empleo.

Segundo.- Instar a la Diputación Provincial a informar, en el plazo de un mes, a través del Patronato Provincial de Recaudación, de la subida del IBI mediante una comunicación oficial a todos y cada uno de los contribuyentes, incluyendo los criterios de aplicación y la cantidad de subida correspondiente, y señalando que la decisión ha correspondido al Gobierno central.
       
Tercero.- Dar traslado de este acuerdo al Patronato Provincial de Recaudación para su ejecución y al Gobierno de España.”

Expuesta la propuesta, interviene el Sr. Alcalde para comentar que son dos conceptos diferentes los que se tratan en la misma. Por un lado, el IBI es un tributo de imposición y gestión municipal, y aunque el gobierno central haya podido defender la subida del mismo, no es un asunto que haya de ser tratado en este momento. En segundo término, D. José Gallego argumenta que el incremento del IRPF es la medida de subida de impuestos más justa que se podía adoptar, ya que afecta a la población en función de sus ingresos, y no a todos por igual como ocurre con el IVA, aumentado por el anterior Gobierno del PSOE de José Luis Rodríguez Zapatero.

Vertidas tales opiniones, se procede a la votación de la parte resolutiva de la moción, arrojándose el siguiente resultado:
- Votos a favor: uno (Grupo Socialista).
- Votos en contra: siete (Grupo Popular).
- Abstenciones: ninguna.

Por tanto, la moción no es aprobada por el Pleno de la Corporación.


PUNTO Nº 7º.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENAMARGOSA RELATIVA A LA PRESTACIÓN DE MEDIOS HUMANOS O ECONÓMICOS POR PARTE DE LA DIPUTACIÓN, PARA QUE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA PUEDAN EJECUTAR EL DECRETO 2/2012, DE 10 DE ENERO, POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN DE LAS EDIFICACIONES Y ASENTAMIENTOS EXISTENTES EN SUELO NO URBANIZABLE.

Acto seguido, se expone el contenido de la moción por Dª. Isabel María Cuenca Navas, siendo el mismo el que a continuación se transcribe:

“Próximamente entrará en vigor el decreto 2/2012, de 10 de Enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable, que fue aprobado el pasado 17 de Enero por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Este decreto permitirá normalizar miles de viviendas de manera racional y garantiza que sus habitantes puedan acceder a servicios y suministros esenciales como el eléctrico o el abastecimiento y saneamiento de agua. El decreto tipifica y clarifica el régimen de todas las posibles edificaciones existentes en suelo no urbanizable, regulando de manera diferenciada las edificaciones aisladas, las incluidas en parcelaciones o las ubicadas en asentamientos ligados al medio rural.

Refuerza el papel de los ayuntamientos en la normalización de estas viviendas y la colaboración de la Junta de Andalucía con los municipios. Cada edificación aislada debe contar con una resolución del Ayuntamiento que clarifique su situación y las posibilidades de acceso a servicios. El desarrollo del decreto requerirá un fuerte compromiso de los ayuntamientos para prevenir que existan nuevas edificaciones al margen de la ley.

El decreto permitirá, en definitiva, establecer una mayor claridad y orden en el suelo no urbanizable, dará mayor garantía jurídica a los propietarios y a los ayuntamientos y dará respuesta a las demandas de servicios para las edificaciones ilegales que no se pueden demoler.

Por tanto, este decreto es el instrumento necesario para que los Ayuntamientos adecuen el urbanismo a la realidad de los distintos municipios, con el objetivo principal de clarificar la situación y el régimen jurídico de las edificaciones existentes en suelo no urbanizable.

Diversos Ayuntamientos de la provincia de Málaga han puesto en marcha oficinas de información y tramitación para que los ciudadanos que se encuentren en esa situación puedan ser informados y atendidos, con el objeto de proceder a la regularización de la vivienda, entre ellos podemos destacar el Ayuntamiento de Mijas, Estepona o el de Vélez Málaga.

El problema surge con los pequeños municipios de la provincia, los cuales carecen de los medios técnicos o económicos suficientes para poder ejecutar este decreto una vez entre en vigor. Esta situación se agrava aún más si cabe, por la difícil situación económica que están travesando muchos de ellos.

A ello hay que añadir que el pasado mes de diciembre, la Diputación Provincial decidió de manera unilateral eliminar para 2012 la aportación anual que la que venía financiando el 50% de las cinco oficinas territoriales de la provincia de Málaga. Con lo que se hace inviable el funcionamiento y continuidad de las mismas y, por tanto, los distintos Ayuntamientos no disponen de esa infraestructura para hacer frente a la ejecución del citado decreto.

Por otro lado la Ley de Autonomía Local de Andalucía 5/2010 de 11 de Junio, en su artículo 14, establece que esta institución prestará servicios a los Ayuntamientos en el caso de que éstos lo soliciten.

Por tanto, es imprescindible y así se recoge en la propia Ley de Autonomía Local, que desde esta Diputación Provincial, se articulen los medios, bien humanos, bien económicos para ponerlos a disposición de los Ayuntamientos con el objeto de que los mismos puedan ejecutar el  decreto 2/2012 por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable.

Por todo lo cual el Grupo Socialista formula la siguiente MOCION a fin de que el Pleno se pronuncie sobre la misma y adopte el siguiente ACUERDO:

   Primero.- Instar a la Diputación de Málaga a que preste servicio especializado mediante recursos humanos y económicos a los entes locales de la provincia de Málaga para el desarrollo del Decreto 2/2012 de la comunidad de Andalucía, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable.”

Interviene el Sr. Gallego manifestando que el Decreto andaluz 2/2012 lejos de arreglar los problemas en el suelo no urbanizable, complica la cuestión. Son muchas las mesas redondas de expertos en la materia que se están llevando a cabo en los últimos días en las que se concluye que el mismo es complejo y difícil de digerir. Entiende el Sr. Alcalde que la moción habría de ser dirigida a la Junta de Andalucía, es a ella a quien hay que solicitarle la asistencia en la materia como Administración de la cual proviene este texto normativo, y no a la Diputación Provincial. Finalmente, ofrece a la Sra. Concejala del Grupo Socialista modificar los términos de la propuesta a los efectos de instar a la Junta de Andalucía.

Ante el mantenimiento por parte de Dª. Isabel María Cuenca de la moción con la misma dicción con la que fue presentada, el asunto se pasa a votación, arrojándose el siguiente resultado:

- Votos a favor: uno (Grupo Socialista).
- Votos en contra: siete (Grupo Popular).
- Abstenciones: ninguna.

Por tanto, la moción no es aprobada por el Pleno de la Corporación de Benamargosa.

PUNTO Nº 8º.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENAMARGOSA RELATIVA AL RECHAZO A LOS RECORTES EN EL PROGRAMA DE CONCERTACIÓN DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA.

A continuación, se expone el contenido de la moción por Dª. Isabel María Cuenca Navas, siendo el mismo el que a continuación se transcribe:

“Desde su creación en 2008, el Programa de Concertación puesto en funcionamiento por la Diputación Provincial de Málaga ha supuesto sin duda un hito importante en la forma de relacionarnos los Ayuntamientos y la institución provincial.

Este sistema ha destinado unos recursos económicos fijos e incondicionados, determinados por diversos criterios, a todos los municipios de la provincia, repartidos en diversos programas. De hecho, las cantidades destinadas al Programa de Concertación en la anualidades 2009, 2010 y 2011 respectivamente han ascendido a 45,5 millones, 42,7 millones y 42,4 millones de euros.

Esta forma de actuar ha permitido al Ayuntamiento de nuestro municipio conocer con antelación la financiación con la que vamos a contar para el ejercicio siguiente o incluso para la totalidad del mandato, facilitando la planificación municipal de actuaciones.

El pasado 5 de Abril de 2011 el Pleno de la Diputación Provincial acordó por la unanimidad de todos los grupos políticos las cantidades asignadas a todos los municipios para 2012 en el Programa de Concertación, ascendiendo al presupuesto total de dicho programa para esta anualidad a 41.236.172,61€.

Una vez producido el cambio de gobierno en la Diputación después de la celebración de las últimas elecciones municipales, el nuevo Presidente, Elías Bendodo, en una reunión celebrada con los alcaldes y en varias declaraciones a medios de comunicación, expresó su voluntad de mantener el Programa de Concertación creado en el anterior mandato. Así, manifestó el pasado 25 de Julio de 2011 que “el programa de Concertación para 2012 está garantizado” y que “la Concertación es uno de los pilares en los que nos apoyamos para defender la existencia de las diputaciones”. También, el 6 de Septiembre de 2011, afirmaba que “el alcance económico y laboral de la Concertación para el próximo año alcanzará los 1000 empleo directos” y “sin Concertación y sin Diputación sería muy difícil crear empleo en los pequeños pueblos”. De hecho, la Mesa de Concertación de la Diputación se reunió y en la misma se entregaron a los grupos políticos de la Diputación unos CD con los programas y cantidades por municipios manteniendo las cantidades acoradas en Abril de 2011.

En base a ello, todos los alcaldes/as de la provincia incluido el de nuestra localidad, han firmado el borrador de las actuaciones a realizar para esta anualidad, contemplando en la mayoría de los cados dichas partidas previamente comprometidas en los presupuestos municipales.

Ahora, con la aprobación definitiva de los Presupuestos de la Diputación para 2012, los primeros del nuevo Gobierno del Partido Popular, nos encontramos con un  drástico recorte de este programa, un hachazo del 42% o lo que es lo mismo 17,3 millones de euros menos, lo que significa ahogar todavía más a los ayuntamientos de la provincia, preferentemente a los más pequeños.

Han sido numerosos los Ayuntamientos de la provincia los que han presentado reclamaciones a estos presupuestos que contemplan recortes brutales en la Concertación con los municipios, aunque el gobierno del PP ha hecho caso omiso al clamor municipal y ha consumado el tijeretazo y por tanto el engaño a todos los alcaldes/as de la provincia en materia de Concertación.

Todavía tiene una buena oportunidad el Partido Popular para demostrar que cree en el modelo de Concertación y que quiere cumplir con sus compromisos. Son 6,5 millones de euros los que finalmente no tendrá que devolver la Diputación al Estado en 2012 en concepto de devolución de la PIE. Este dinero se puede y se debe destinar a Concertación. Si no es así, el nuevo modelo será el que ya estamos advirtiendo, discrecional y arbitrario.

Entendemos que esta decisión adoptada unilateralmente por el PP en Diputación, conlleva consecuencias de gravedad para la economía de la provincia. Se van a ralentizar inversiones, en otros casos se van a paralizar y en otros sencillamente no se van a poder llevar a cabo. En definitiva, el recorte en Concertación supone más recesión económica y más paro para todos los pueblos y municipios, incluido el nuestro. Así, la Diputación no colabora a la recuperación económica. No es austeridad, es más paro.

Por todo lo cual, el Grupo Municipal Socialista formula la siguiente MOCION a fin de que el Pleno se pronuncie sobre la misma y adopte los siguientes ACUERDOS:

1.- La Corporación Municipal del Ayuntamiento de Benamargosa manifiesta su más enérgico rechazo al recorte establecido y aprobado por el Partido Popular en los Presupuesto de la Diputación Provincial de Málaga para 2012 en el programa de Concertación.

2.- Instar al Gobierno de la Diputación Provincial a que rectifique y garantice presupuestariamente las cantidades aprobadas en el Programa de Concertación para 2012 en el Pleno de la Corporación Provincial celebrado el 5 de Abril de 2011.

3.- Instar al Gobierno de la Diputación Provincial a que destine 6,5 millones de euros que no pagará el Estado durante 2012 como consecuencia del aplazamiento en la devolución de las cantidades entregadas a cuenta en los anticipos de la PIE al programa de Concertación con los ayuntamientos.

4.- Dar traslado de estos acuerdos a la Diputación Provincial de Málaga.”

D. José Gallego toma la palabra exponiendo que efectivamente el Programa Concertación ha sido importante en la financiación de los servicios municipales. Ahora bien, matiza que la aprobación de las cifras correspondientes al año 2012 contando con el beneplácito de todos,  tuvo lugar con carácter previo a las elecciones municipales del pasado 22 de mayo de 2011, y por tanto, con una finalidad meramente electoralista. Una vez se constituye la nueva Corporación en el Ente Supramunicipal se conocen las cifras reales, y no hay más remedio que efectuar recortes. Se trata, en todo caso, de aprobar una Concertación ajustada a la realidad económica de la Diputación. Comenta, en relación a la Participación en los Tributos del Estado, que el anterior gobierno Socialista se había encargado de negar que existía crisis, pero finalmente los números no salen, y lo que se había ingresado a cuenta a los municipios por tal concepto es mayor de lo que corresponde, con lo cual, hay que devolver esa PIE. En concreto, este Ayuntamiento ha devuelto un importe de 42.000 euros. El anterior presidente estableció el plazo para esta devolución en 5 años, y ahora se ha fijado en 10 años, sin intereses. Así pues, el dinero es el que queda, después de engaños y cifras que no eran ajustadas a la realidad. Considera que la moción no es ajustada a los tiempos económicos que corren.

Vertidas tales opiniones, se procede a la votación de la parte resolutiva de la moción, arrojándose el siguiente resultado:
- Votos a favor: uno (Grupo Socialista).
- Votos en contra: siete (Grupo Popular).
- Abstenciones: ninguna.

Por tanto, la moción no es aprobada por el Pleno de la Corporación de Benamargosa.

PUNTO Nº 9º.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENAMARGOSA AL OBJETO DE INSTAR AL GOBIERNO DE ESPAÑA A LA RETIRADA DEL REAL DECRETO 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL Y PRESENTE UNA REFORMA LABORAL PACTADA CON LOS AGENTES SOCIALES.

Como punto número nueve del orden del día,  se expone el contenido de la moción por Dª. Isabel María Cuenca Navas, siendo el mismo el que a continuación se transcribe:

“Las disposiciones contenidas en el Real Decreto- Ley 3/2012, de 10 de febrero de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, aprobado por el Gobierno de España van a tener, en el caso de que sean aprobadas por las Cortes Generales, consecuencias muy negativas sobre los derechos de los trabajadores.

1.- La Reforma pretende que el despido sea la opción más fácil para que una empresa mejor su competitividad. La reforma traerá más paro: en un momento de recesión como el que estamos viviendo una reforma laboral como esta, solo sirva para facilitar y abaratar el despido, para facilitar más las destrucción de puestos de trabajo, pero no para incentivar la contratación. Además esta pensada por un Gobierno que carece de una agenda de reformas para impulsar el crecimiento. El Gobierno solo tiene una agenda de ajuste, de triple ajuste. Ajuste presupuestario,, ajuste de rentas de trabajo (subida del IRPF) y ajuste en los derechos de los trabajadores.

2.- La reforma supone un retroceso de los derechos de los trabajadores porque:

Generaliza el abaratamiento del despido a 20 días, al vincularla a una situación habitual en el ciclo de la economía, como  la caída durante 3 trimestres de los ingresos (independientemente de que los beneficios aumenten).

Abre la puerta a una rebaja general de los sueldos sin necesidad de acuerdo. La reforma laboral reforzará el poder de los empresarios en las relaciones de trabajo. Tendrán más fácil modificar las condiciones laborales hasta el punto de que podrán bajar el sueldo de los trabajadores sin necesidad de acuerdo simplemente por razones de competitividad o productividad.

Crea un nuevo contrato con bonificaciones que permite el despido libre y gratuito durante el primer año. Este contrato desvirtúa completamente el periodo de prueba y puede provocar una generalización de contratos formalmente indefinidos pero que, en la práctica, no duren más de un año o que concluyan a los tres años cuando finalicen las bonificaciones.

Abre el camino de los despidos colectivos en el sector público. Esta reforma afecta a un millón de empleados públicos, porque no solo incumbe a quienes trabajan  en las empresas públicas, sino también al personal contratado directamente por los ayuntamientos, las comunidades autónomas o los propios ministerios.

3.- La Reforma anula la capacidad de negociación de los sindicatos para defender los derechos de los trabajadores.

Un gran reforma laboral precisa del pacto de los agentes sociales para ser garantía de éxito. La que ha presentado el gobierno facilita la inaplicación de lo pactado en los convenios  (“descuelgues”). Se establece un procedimiento para saltarse lo dispuesto en los convenios similar, `pero más fácil, que el que se puede usar para el despido por causas económicas. Suprime la autorización de la autoridad laboral de los expedientes de regulación de empleo (ERE), con lo que reduce seriamente la capacidad de los sindicatos a la hora de negociar y se asume un riesgo añadido de judicialización de las relaciones laborales.

En definitiva, la Reforma laboral no va a resolver la grave crisis que sufre la economía española y no va a rebajar la alta tasa de paro existente.  Lo que si va a suponer es una degradación de las condiciones de trabajo, un empobrecimiento de la población y un ataque a la cohesión social.

La reforma propuesta va a derivar en incremento del número de despidos y rebajas en los sueldos de los trabajadores que afectará muy negativamente al consumo de las familias, deprimirá la demanda interna y en consecuencia producirá disminuciones del Producto Interior Bruto que a su vez supondrá más desempleo.

La reforma es ineficaz, desde la perspectiva del empleo, porque favorece el despido y con ello el aumento del desempleo. Es injusta, porque los trabajadores pierden derechos y porque da todo el poder a los empresarios sobre los trabajadores creando además inseguridad en los trabajadores.

En base a todo lo anterior, el Ayuntamiento de Benamargosa:

1.- El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Benamargosa insta al Gobierno de España a presentar en el Congreso de los Diputados un proyecto de ley alternativo y pactado con los agentes sociales y las fuerzas políticas que tenga como objetivo la creación de empleo de calidad y la estabilidad  en el empleo.

2.- El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Benamargosa, dará traslado de la presente Moción al Presidente del Gobierno, a la Ministra de Empleo, al Presidente del Congreso de los Diputados, a los/as Portavoces de los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados y a los/as representantes de los agentes sociales.”


 

D. José Gallego manifiesta que la reforma va encaminada a la creación de empleo. No entiende que se presente tal moción cuando en siete años de gobierno socialista no se han adoptado las medidas necesarias para combatir los problemas. Concibe la propuesta como oportunista, puesto que los agentes sociales siempre han estado abiertos a reivindicar y el gobierno no ha buscado su apoyo. Se pregunta dónde están los sindicatos ante el problema de los Eres en la Junta de Andalucía. No tiene sentido que quienes han creado el problema sean quienes presenten la moción.

Tras el turno de intervenciones, se procede a la votación de la parte resolutiva de la moción, arrojándose el siguiente resultado:
- Votos a favor: uno (Grupo Socialista).
- Votos en contra: siete (Grupo Popular).
- Abstenciones: ninguna.

PUNTO Nº 10º.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENAMARGOSA DE APOYO AL PLAN DE EMPLEO RURAL.

Seguidamente se expone el contenido de la moción por Dª. Isabel María Cuenca Navas, siendo el mismo el que a continuación se transcribe:

“La historia de Andalucía sobre la etapa democrática ha estado marcada por la recuperación de los derechos que históricamente le fueron negados. Este proceso se ha realizado de forma acelerada y constante durante los últimos años y, gracias al esfuerzo de todos los andaluces y de las fuerzas progresistas de este país, la democracia ha traído a Andalucía unos niveles de desarrollo y prosperidad desconocidos hasta ese momento.

Esto ha sido especialmente trascendente en las zonas rurales, las cuales habían estado sometidas tradicionalmente al abandono, la marginación, la consideración de un territorio en el que albergar un ejército de mano de obra de reserva, para su utilización durante la campaña agrícola y en aquellos procesos productivos que pudieran ponerse en marcha en las grandes  ciudades y en otros territorios del Estado.

Consecuencia de todo eso fueron las masivas inmigraciones de andaluces hacía Cataluña, Francia y Alemania, entre otros. Igualmente de esa época son las imágenes de nuestros jornaleros reunidos en las plazas de los pueblos, esperando al empresario o al manijero de turno para que le diera alguna peonada.

La democracia y la férrea voluntad de los andaluces han hecho prosperar a nuestra tierra. Las propuestas de desarrollo de las zonas rurales puestas en marcha a partir de los 80 dieron lugar a la aparición del Plan de Empleo Rural. Este programa, que abarcaba todo el territorio de Andalucía y Extremadura, suponía el desarrollo de tres líneas de intervención: formación, empleo y protección social. El PER ha sido la base en la que se ha apoyado la transformación social de las zonas rurales de nuestro territorio. Este plan ha sido denostado hasta la saciedad, y aún sigue siéndolo precisamente por aquéllos que justificaban y reforzaban las estrategias de abandono y marginación. Sin embargo, el Plan de Empleo Rural, identificó desde el primer momento la vida de los trabajadores agrarios, y permitió que nuestros pueblos renacieran y adquirieran las infraestructuras y las dotaciones necesarias para colocarse al nivel de bienestar social en el que se hallaban las ciudades más avanzadas de nuestro país. Hoy, la articulación territorial conseguida en Andalucía es envidiada y admirada por otras comunidades autónomas, y por territorios desfavorecidos de otros países, como modelo de desarrollo y de bienestar.

La implementación del PER en nuestro municipios rurales permitió, en primer lugar, que nuestro jornaleros pudieran tener acceso a un sistema de protección que se les había negado de manera sistemática hasta ese momento. El Plan de Empleo Rural les trajo ese sistema de protección en forma de SUBSIDIO AGRARIO. El acceso a éste supuso la posibilidad de que el jornalero adquiriera la dignidad como trabajador y pudiera garantizar unos ingresos básicos para el sostenimiento de su familia.

Por otro lado el PER trajo a los trabajadores agrarios la posibilidad de recibir una formación profesional que les permitiera adquirir las habilidades y destrezas necesarias para el desempeño de otras profesiones, mediante los numerosísimos curso de formación profesional ocupacional, realizados a lo largo y ancho del territorio andaluz. Gracias a esto, los trabajadores agrarios han podido complementar la renta familiar con la realización de trabajos fuera del campo, cuando las faenas agrícolas decaían o el trabajo en el campo no existía. Podemos decir que el trabajador agrario andaluz es uno de los trabajadores con mejores niveles de adaptación al mercado de trabajo, gracias a los esfuerzos desarrollados a través de los programas de formación del Plan de Empleo Rural.

Finalmente el PER permitió ofrecer a los trabajadores agrarios la posibilidad de tener un empleo cuando las circunstancias económicas no facilitaban ninguna opción a dichos trabajadores. Así, surge el Programa de Obras Públicas del Plan de Empleo Rural que han venido desarrollando los ayuntamientos de Andalucía desde el comienzo de este Programa. Estas obras públicas permitían ofrecer a los trabajadores agrarios unas rentas complementarias para ayudar a cubrir las necesidades, a la vez que facilitaba la práctica laboral en nuevas profesiones  que permitían completar así como la formación laboral recibida. Además de estos beneficios proporcionados por el Programa de Obras Públicas, ya de por sí  importantes, se obtenían además una batería adicional de beneficios que multiplicaban el valor del programa de manera exponencial.

Es necesario resaltar las innumerables obras de urbanización y equipamiento que los trabajadores del PER han desarrollado en estos municipios hasta convertirlos en lugares donde el bienestar social es una característica destacada del ámbito rural andaluz. Éste, además, ha sido un programa que ha desarrollado económicamente a los municipios, ya que ha permitido que pequeñas y medianas empresas, vinculadas a las obras públicas, pudieran tener u8n mercado de trabajo estable a lo largo de los años. El movimiento económico generado por estas obras, unido al consumo producido como consecuencia de las rentas obtenidas por los trabajadores agrarios, han supuesto un motor económico de primer nivel en los territorios rurales de Andalucía. Estos territorios en los que la inversión privada en materia económica era casi inexistente, han conseguido, gracias al movimiento económico generado por este programa, que los municipios empezaran a tener, poco a poco, un tejido comercial y empresarial que ha permitido ofrecer nuevas posibilidades de desarrollo a los municipios rurales.

La actual crisis económica, de carácter esencialmente financiero, que viene produciéndose a lo largo de los últimos años en el ámbito internacional, europeo y español, está produciendo una contratación artificiosa del crédito a la actividad económica, tanto empresarial como particular de los ciudadanos. Las zonas rurales andaluzas están realizando un proceso de flexibilización importante para absorber las consecuencias derivadas de los numerosos desempleados esencialmente del sector de la construcción. La capacidad polivalente de nuestros trabajadores agrarios está permitiendo desarrollar equilibradamente estrategias que garantizan las rentas familiares en base a la realización de trabajos en los sectores que puedan en cada momento generar empleo, siendo la base de todos ellos ahora mismo la agricultura. Sin embargo, la agricultura como sector económico de refugio de alguna parte de la población rural, presenta también algunas debilidades como consecuencia de esta crisis económica financiera y, por tanto, necesita ser complementada desde las instancias públicas.

Por todo ello, hoy más que nunca, el Plan de Empleo Rural (hoy rebautizado como el PFOEA) resulta básico e imprescindible para nuestras zonas rurales, siendo necesario, además aportar algunas medidas particulares que refuercen la capacidad protectora y de garantía de renta que dicho plan tiene. En concreto, nos referimos a la necesidad de reducir el número de peonadas necesarias para poder acceder al subsidio, tal y como se ha hecho en otros momentos de dificultad en el sector agrario.

Por todo lo anteriormente expuesto el Grupo Socialista del Ayuntamiento de Benamargosa propone para su aprobación los siguientes ACUERDOS

Primero.- Instar al Gobierno de la Nación y al Gobierno de la Junta de Andalucía para que refuercen y mantengan el Programa de Fomento de Empleo Agrario sin recortes en los Presupuestos Generales del Estado y de la Comunidad Autónoma.

Segundo.- Instar al Gobierno de la Nación a que adopte una medida de reducción del número de peonadas para tener acceso al subsidio agrario con efectos desde el año 2011 hasta el año 2013.

Tercero.- Instar a los gobierno nacional, autonómico y municipal a que desarrollen programas de formación profesional en las zonas rurales para mejorar las capacitación de los trabajadores del medio rural andaluz.”

El Sr. Gallego manifiesta que las apreciaciones de la moción no son objetivas en lo que respecta a lo que el PER ha significado en Andalucía y su entorno cuando se dice “Hoy, la articulación territorial conseguida en Andalucía es envidiada y admirada por otras comunidades autónomas, y por territorios desfavorecidos de otros países, como modelo de desarrollo y de bienestar”. Efectivamente reconoce el carácter necesario de tal Programa, pero se adorno en demasía y dista mucho de la realidad. Ya existe el compromiso de las instancias centrales de no efectuar recorte alguno en esta materia. Por otro lado, en relación a la disminución de peonadas, ¿por qué no se presentó tal propuesta en 2011 cuando gobernaba en España el PSOE? ¿Y por qué no en 2010 también? Considera la moción de oportunismo de quienes cuando debieron hacer los deberes no lo hicieron. Aboga porque las políticas de empleo sean serias, activas, creíbles.

A continuación, se procede a la votación de la parte resolutiva de la moción, arrojándose el siguiente resultado:
- Votos a favor: uno (Grupo Socialista).
- Votos en contra: siete (Grupo Popular).
- Abstenciones: ninguna.

PUNTO Nº 11º.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENAMARGOSA DE APOYO AL PLAN ENCAMINA2.

Acto seguido, se expone el contenido de la moción por Dª. Isabel María Cuenca Navas, siendo el mismo el que a continuación se transcribe:

“En el pasado Debate sobre el Estado de la Comunidad el Presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, presentó 27 actuaciones encaminadas a fomentar la creación de empleo, orientar la recuperación económica, profundizar la calidad democrática y reforzar el modelo social.

El presidente de los andaluces anunció que “Andalucía sostenible es el proyecto, queremos que nuestro desarrollo y crecimiento económico sea estable hoy y que lo siga siendo en el futuro”. Por ello, el presidente andaluz plateó medidas concretas para sectores específicos para conseguir una mayor eficacia en la creación de empleo.

El Plan Encamina 2 es una de las 27 medidas anunciadas por el presidente andaluz para generar empleo. Con el plan se generarán 250.000 jornales, lo que equivale a unos 1.000 empleos en términos anuales.

Este plan beneficia la eficiencia de las explotaciones agrarias, ya que tiene como objetivo mejorar las infraestructuras necesarias para incrementar la competitividad agrícola, ganadera y forestal. Mediante su aplicación se van a invertir 118 millones de euros a través de 600 pymes locales. El importe de las actuaciones en cada municipio viene dado por el número de explotaciones agrarias existentes.

EL PSOE valora positivamente la importancia que las infraestructuras agrarias tienen para el desarrollo rural, ya que contribuyen de manera decisiva a la cohesión social y territorial, incrementando la renta de la actividad agraria y mejorando la competitividad de los productos.

Desde el punto de vista municipal esta plan está articulado de tal manera que permitirá el beneficio de los usuarios de los caminos, además de suponer un ahorro para los ayuntamientos, ya que las obras se realizarán en vías de su titularidad sin coste alguno para las entidades municipales.

Este plan, como ya se ha mencionado, presenta número que hablan por si solos: 250.000 jornales, 118 millones de inversión y la participación de 600 pymes locales. Por ello, desde nuestro partido entendemos que su puesta en marcha debe ser apoyada de forma unánime por todos los grupos políticos, más allá de la posición partidista y partidaria. Profesionales del sector, autónomos y ciudadanos del medio rural, que también se beneficiarán de la medida, seguro que no entenderían el rechazo a este plan. El gobierno andaluz hace políticas que llegan a todos los ciudadanos y a todos los municipios de Andalucía, como es el caso del Plan Encamina2. Estas medidas suponen un avance para el medio rural andaluz y, en general, para nuestra comunidad.

La Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA) ha asumido la ejecución de las obras, así como la redacción de proyectos y dirección facultativa de las mismas. La Consejería certificará y declarará gasto público a la Comisión de la Unión Europea a fin de obtener el retorno comunitario del 70%  de los fondos empleados.

En definitiva, las medidas puestas en marcha por el gobierno andaluz son una muestra clara del rigor con que los socialistas afrontamos el futuro de Andalucía. Estamos convencidos de que nuestra comunidad seguirá en la senda de la recuperación económica, con el valor añadido de que la forma de salir de la crisis que propone el PSOE será un ejemplo de cómo es posible hacerlo sin dejar a nadie en el camino, manteniendo las políticas sociales y derechos que vertebran al Estado del Bienestar.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Socialista del Ayuntamiento de Benamargosa propone para su aprobación los siguientes ACUERDOS:

1.- Apoyar el Plan Encamina2 que supondrá, entre otras, la generación de 250.000 jornales y la inversión de 118 millones de euros.

2.- Informar de dicho acuerdo al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.”
 
Interviene D. José Gallego y manifiesta que afectivamente la inversión en infraestructuras para el medio rural es beneficioso y goza del apoyo de todos los Ayuntamientos. Ahora bien, no entiende bien la afirmación establecida en la moción de “En el pasado Debate sobre el Estado de la Comunidad el Presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, presentó 27 actuaciones encaminadas a fomentar la creación de empleo, orientar la recuperación económica, profundizar la calidad democrática y reforzar el modelo social”, puesto que las adjudicaciones se llevan a cabo directamente a la Empresa Pública dependiente de la Consejería, con lo cual, ¿dónde está la democracia?, se trata ésta de una cuestión que está más que gestada ya. No tiene sentido que este Ayuntamiento apruebe algo que ya ha sido aprobado por la Junta de Andalucía y se está llevando a cabo. Finalmente afirma que tales medidas, de ser efectivamente tan buenas, debían haberse adoptado antes por el PSOE. Nuevamente ve la propuesta con fines electoralistas.

Vertidas tales opiniones, se procede a la votación de la parte resolutiva de la moción, arrojándose el siguiente resultado:
- Votos a favor: uno (Grupo Socialista).
- Votos en contra: siete (Grupo Popular).
- Abstenciones: ninguna.

Por tanto, la moción no es aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Benamargosa.

PUNTO Nº 12: DACIÓN DE CUENTAS DE LOS DECRETOS DE ALCALDÍA DESDE LA ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 42 del ROF, se da cuenta de las Resoluciones de Alcaldía dictadas desde la anterior sesión ordinaria de este Ayuntamiento de fecha 21 de diciembre  de 2011:
        
- Decreto 367/2011, de 20 de diciembre, aprobación certificaciones nº 4, 5, 6 y 7 del PPOS 2010.
- Decreto 368/2011, de 20 de diciembre, modificación presupuestaria 5/2011, generación de créditos.
- Decreto 369/2011, de 20 de diciembre, aprobación justificantes de gastos.
- Decreto 370/2011, de 21 diciembre, resolución recurso de reposición interpuesto por Dª. Ana María Pérez Morales.
- Decreto 371/2011, de 27 de diciembre, incoación diligencias de investigación.
- Decreto 372/2011, de 28 de diciembre, aprobación modificación presupuestaria 7/2011, transferencia de créditos.
- Decreto 373/2011, de 28 de diciembre, aprobación modificación presupuestaria 6/2011, transferencia de créditos.
- Decreto 374/2011, de 28 de diciembre, aprobación justificantes de gastos.
- Decreto 375/2011, de 30 de diciembre, aprobación obra accesibilidad 2009.
- Decreto 376/2011,  30 diciembre, reconocimiento y pago nóminas diciembre 2011.
- Decreto 378/2011, de 31 de diciembre, aprobación justificantes de gastos
- Decreto 379/2011, de 31 de diciembre, aprobación modificación presupuestaria 8/2011
- Decreto 380/2011, de 31 de diciembre, aprobación modificación presupuestaria 9/2011.
- Decreto 1/2012, de 9 de enero, denegatorio de licencia de utilización 56/2011.
- Decreto 2/2012, de 10 de enero, denegatorio de licencia de obras 55/2011.
- Decreto 3/2012, de 10 de enero, determinación composición mesa de contratación, expediente 15/2011.
- Decreto 4/2012 de 11 de enero de licencia de vado a José Lozano Ruiz.
- Decreto 5/2012, de 12 de enero, adjudicación contrato de suministros, negociado sin publicidad 15/2011.
- Decreto 6/2012, de 16 de enero de 2012, licencia de obras, expediente 2/2012.
- Decreto 7/2012, de 16 de enero de 2012, licencia de obras, expediente 3/2012.
- Decreto 8/2012, de 18 de enero,  pago justificantes de gastos.
- Decreto 9/2012, de 18 de enero, licencia de obras, expediente num.52/2008
- Decreto 10/2012, de 18 de enero, licencia perros peligros, expediente num.1/2012.
- Decreto 11/2012, de 24 de enero, convocatoria sesión extraordinaria de Pleno.
- Decreto 12/2012, de 24 de enero, de aprobación de proyecto Escuela Taller Mancomunado “La Rivera”
- Decreto 13/2012, de 24 de enero, de aprobación de proyecto de Taller de Empleo “Rivera Tropical”.
- Decreto 14/2012, de 24 de enero, de licencia de obras, expediente num.4/2012.
- Decreto 15/2012, de 25 de enero, caducidad e incoación EPLU 1/2012.
- Decreto 16/2012, de 26 de enero, justificación actuación “Viajes Culturales” Programa 2.04.CU.09/C. Concertación 2011
- Decreto 17/2012, de 27 de enero, justificación actuación “Módulo de Técnico Dinamizador de Juventud” Programa 2.09.JU.11/C. Concertación 2011
- Decreto 18/2012, de 27 de enero, justificación actuación “Culturales 2011” Programa 2.04.CU.04/C.
- Decreto 19/2012, de 30 de enero, incoación EPLU 2/2012.
- Decreto 20/2012, de 30 de enero, incoación EPLU 3/2012.
- Decreto 21/2012, de 30 de enero, incoación sancionador urbanístico 1/2012.
- Decreto 22/2012, de 30 de enero, incoación sancionador urbanístico 2/2012.
- Decreto 23/2012, de 31 de enero, aprobación y pago de nóminas correspondientes al mes de enero 2012 y justificantes de gastos.
- Decreto 24/2012, de 31 de enero, justificación actuación “Encuentro de Mayores Local y Comarcal” Programa 2.04.CU.10/C. Concertación 2011.
- Decreto 25/2012, de 31 de enero, aprobación del Plan de Seguridad y Salud de la obra “Urbanización de Calle Loma, 1ª fase”.
- Decreto 26/2012, de 31 de enero, aprobación de la celebración de convenio con Asociación de Consumidores y usuarios de Málaga FACUA.
- Decreto 27/2012, de 1 de febrero, aprobación del Padrón de Agua, Tasa de Basura, Alcantarillado, Tasa de Basura Industrial, Canon Autonómico de Depuración del cuarto trimestre de 2011.
- Decreto 28/2012, de 1 de febrero, justificación actuación “Servicio de Desinfectación y Desratización” Programa 2.06.AG.14/C. Concertación 2011.
- Decreto 29/2012, de 1 de febrero, justificación actuación “ Limpieza de Alcantarillado y Mantenimiento de Redes” Programa 2.06.SA.06/C. Concertación 2011
- Decreto 30/2012, de 2 de febrero, aprobación liquidación ICIO.
- Decreto 31/2012, de 2 de febrero, justificación actuación “Jornadas y Talleres Culturales: Bibliotecando 2011” Programa 2.04.CU.08/C. Concertación 2011.
- Decreto 32/2012, de 6 de febrero, reserva de lugares para colocación de propaganda electoral y locales para celebración de actos de campaña con motivo de las elecciones autonómicas de 25 de marzo de 2012.
- Decreto 33/2012, de 6 de febrero, justificación actuación “Condición Física para Adultos” Programa 2.09.DE.04/C. Concertación 2011
- Decreto 34/2012, de 6 de febrero, justificación actuación “Actividad Físicodeportiva para Mayores” Programa 2.09.DE.05/C. Concertación 2011
- Decreto 35/2012, de 6 de febrero de 2012, justificación actuación “Escuelas Deportivas Municipales”, Programa 2.09.DE.02/C. Escuelas de Futbol 7, 2 módulos. Concertación 2011
- Decreto 36/2012, de 6 de febrero de 2012, licencia de obra, expediente num.10/12, D. Angel Arcas Calderón.
- Decreto 37/2012, de 7 de febrero de 2012, pago de justificantes de gastos
- Decreto 38/2012, de 7 de febrero de 2012, aprobación certificación núm. 2 de la actuación denominada mejora de infraestructuras en pisca polideportiva, PIB 30/09.
- Decreto 39/2012, de 7 de febrero de 2012, licencia de obra, expediente num.6/12, D. Francisco García Palacios.
- Decreto 40/2012, de 8 de febrero de 2012, justificación actuación “Liga Formativa”, Programa 2.09.DE.03/C. Concertación 2011
- Decreto 41/2012, de 8 de febrero de 2012, justificación actuación “Escuelas Deportivas Multideporte”, Programa 2.09.DE.02/C. Concertación 2011.
- Decreto 42/2012, de 8 de febrero, caducidad e incoación EPLU 4/2012.
- Decreto 43/2012, de 8 de febrero de 2012, justificación actuación “Programa Básico Fomento Deporte”, ficha 2.09.DE.01/C. Concertación 2011.
- Decreto 44/2012, de 8 de febrero, Aprobación de las Bases de la Convocatoria de adjudicación de autorizaciones municipales para la instalación de puestos de venta ambulante en el Mercadillo Municipal de Benamargosa.
- Decreto 45/2012, de 10 de febrero de 2012, licencia de obra, expediente num.5/12, D. Sergio Recio Gómez.
- Decreto 46/2012, de 13 de febrero de 2012, renovación licencia animales peligrosos, expediente num.2/2012, D. Miguel Jiménez Fortes.
- Decreto 47/2012, de 13 de febrero de 2012, aprobación justificación subvención AEPSA 2011, Garantía de Rentas, actuación: “Urbanización de calle Granadillos Altos Fase 4”
- Decreto 48/2012, de 13 de febrero de 2012, licencia de obra, expediente num.19/2011, Dña. Francisca Jiménez Muñoz.
- Decreto 49/2012, de 16 de febrero de 2012, pago de justificantes de gastos.
- Decreto 50/2012, de 16 de febrero de 2012, licencia de segregación, expediente núm. 8/2012, D. Miguel Marín Calderón.
- Decreto 51/2012, de 20 de febrero de 2012, justificación modulo Liga Formativa, concertación 2011(Liga).
- Decreto 52/2012, de 20 de febrero de 2012, justificación Liga Formativa, modulo transporte. Concertación 2012.
- Decreto 53/2012, de 20 de febrero de 2012, aprobación y pago justificantes de gastos.
- Decreto 54/2012, de 21 de febrero de 2012, aprobación justificación subvención AEPSA 2011, Empleo Estable.
- Decreto 55/2012, de 21 de febrero, inicio expediente contratación 1/2012, servicios
- Decreto 56/2012, de 22 de febrero, convocatoria sesión extraordinaria de Pleno.
- Decreto 57/2012, de 22 de febrero, aprobación modificación presupuestaria 1/2012, generación de créditos por ingresos.
- Decreto 58/2012, de 24 de febrero, reconocimiento grado personal a funcionaria.
- Decreto 59/2012, de 24 de febrero, aprobación expediente de contratación 1/2012.
- Decreto 60/2012, de 27 de febrero de 2012, licencia de obra, expediente num.11/2012, D. Antonio Fortes García.
- Decreto 61/2012, de 27 de febrero de 2012, licencia de primera utilización, expediente num.73/2011, D. José Rafael Marín Muñoz
- Decreto 62/2012, de 27 de febrero de 2012, aprobación justificantes de gastos.
- Decreto 63/2012, de 29 de febrero, aprobación y pago de nóminas correspondientes al mes de febrero 2012 y justificantes de gastos.
- Decreto 64/2012, de 1 de marzo, ampliación de plazo para presentación de alegaciones en expedientes urbanísticos.
- Decreto 65/2012, de 2 de marzo, pago justificante de gasto
- Decreto 66/2012, de 2 de marzo, convocatoria sesión extraordinaria de Pleno.
- Decreto 67/2012 de 2 de marzo,  contratación del Oficial de 1ª Francisco García Palacios
- Decreto 68/2012, de 2 de marzo, imposición multa coercitiva en EPLU 18/2011.
- Decreto 69/2012, de 6 de marzo de 2012, aprobación de expedientes de liquidación sobre el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
- Decreto 70/2012, de 7 de marzo, imposición multa coercitiva en EPLU 19/2011.
- Decreto 71/2012, de 7 de marzo, licencia de obras expediente num.12/12.
- Decreto 72/2012, de 7 de marzo, licencia de obras expediente num.14/12.
- Decreto 73/2012, de 7 de marzo, continuación EPLU 16/2011
- Decreto 74/2012, de 7 de marzo, aprobación y pago de justificantes de gastos.
- Decreto 75/2012, de 8 de marzo, aprobación y pago justificante de gasto.
- Decreto 76/2012, de 9 de marzo, aprobación de diferentes expedientes de liquidación sobre el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
- Decreto 77/2012, de 12 de marzo, nombramiento Letrado, Procedimiento Ordinario 312/2011, Juzgado de lo Contencioso-Administrativo num.7 de Málaga.
- Decreto 78/2012, de 12 de marzo, incoación expediente prescripción de obligaciones.
- Decreto 79/2012, de 13 de marzo, rectificación error material en certificado remitido al Patronato.
- Decreto 80/2012, de 13 de marzo, de solicitud de anticipo reintegrable Concertación 2012.
- Decreto 81/2012, de 13 de marzo, aprobación y pago de justificantes de gastos.
- Decreto 82/2012, de 16 de marzo, de contratación de trabajadores.
- Decreto 83/2012, de 19 de marzo de contratación de un trabajador.
- Decreto 84/2012, de 20 de marzo, aprobación y pago de justificante de gasto.
- Decreto 85/2012, de 20 de marzo, licencia de obras expediente num.9/12.
- Decreto 86/2012, de 21 de marzo, convocatoria sesión ordinaria de Pleno.

 

PUNTO Nº 13.- URGENCIAS, EN SU CASO.

Al amparo de lo dispuesto en el Art.91.4 del Reglamento de Organización,  Funcionamiento y Régimen Jurídico, concluido el examen de los asuntos incluidos en el orden del día el Sr. Alcalde- Presidente pregunta si algún grupo político desea someter a la consideración del Pleno, por razones de urgencia, algún asunto no comprendido en el mismo  y que no tenga cabida en el punto de ruegos y preguntas.

Considerando lo anterior, por parte del equipo de gobierno se presenta moción relativa al expediente tramitado para la solicitud de subvención en materia de Turismo Sostenible de Andalucía. Tras la justificación por parte del Sr. Alcalde de la urgencia en la perentoriedad del plazo para la presentación de la solicitud referida, se aprueba por siete votos a favor (Grupo Popular) y una abstención (Grupo Socialista), lo que supone mayoría absoluta legal, la inclusión de tal asunto en el orden del día de la sesión. Acto seguido se procede a estudiar el fondo del asunto, del siguiente tenor:

13.1 “SOLICITUD DE AYUDAS EN MATERIA DE “ESTRATEGIA DE TURISMO SOSTENIBLE DE ANDALUCÍA”

  A continuación se procede a informar a la Corporación en Pleno, del contenido de la Orden de 9 de noviembre de 2.006, por la que se articula la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía y se instrumentan medidas para su desarrollo, así como la Orden de 10 de diciembre de 2.008,  ambas de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía.

En la citada normativa se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo sostenible con base en el VI Acuerdo de Concertación Social de Andalucía suscrito el 25 de enero de 2.005, que tiene como uno de sus ejes centrales el desarrollo de los sectores económicos que considera estratégicos, entre los que se encuentra el turismo.

En el marco general de ese Acuerdo y fruto del mismo, se incardina el III Pacto Andaluz por el Turismo que marca como estrategia de futuro la configuración de un modelo de turismo sostenible.

Como quiera que dentro de las medidas que ahora se establecen se inspiran en la preservación de los recursos naturales y culturales a fin de sentar las bases de la viabilidad económica a medio y largo plazo poniendo especial atención en los ámbitos del interior de Andalucía y zonas emergentes del litoral andaluz.

Visto el expediente instruido para la solicitud de subvención para la realización del proyecto denominado “Rehabilitación del Molino Umbría de Burraco”,  al amparo de la convocatoria realizada por la Consejería de Comercio, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía.

Teniendo en cuenta que en el mismo se contempla y se cubren las necesidades que estimamos prioritarias y urgentes en esta materia, siendo un proyecto totalmente finalista y no conllevando actividad empresarial alguna.

        Considerando que esta Entidad Local reúne las condiciones y cumple con los requisitos exigidos para poder acogerse a dicha convocatoria, al tratarse de una clara adecuación al contenido de la Iniciativa de Turismo sostenible.

Visto todo lo anterior, y al amparo del artículo 22.2 ñ) de la Ley 7/1985,   de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen, tras la oportuna votación, esta Corporación, con la asistencia de ocho de los nueve Concejales que de hecho y de derecho la componen, con siete votos a favor (Grupo Popular), y una abstención (Grupo Socialista) adopta el siguiente acuerdo:

1º.- La aprobación del expediente instruido al efecto denominado “Rehabilitación del Molino Umbría de Burraco”, acogiéndose a los beneficios de la Orden de 9 de noviembre de 2.006, antes citada, por importe de 946.448,64 euros.

2º.- Solicitar a la Consejería de Turismo, Comercio y deporte de la Junta de Andalucía , en este caso a través de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Axarquía, como entidad promotora  una subvención del 70% del presupuesto, al amparo de la convocatoria expresada y para la finalidad de realización del proyecto mencionado.

3º.- Aceptar el compromiso de financiación del presupuesto que no resulte subvencionable

4º.- Iniciar la inversión en el año en que se firme la adenda, en caso de no estar ya iniciada, sin que al tiempo de terminar el plazo de presentación se solicitudes aquélla pueda encontrarse finalizada.

5º.- Adoptar, igualmente, el compromiso de cumplir las obligaciones establecidas en la citada Orden reguladora y demás normativas de aplicación.

6º.- Facultar al Alcalde-Presidente tan ampliamente sea menester, para la gestion precisa y para la firma de cuanta documentación sea necesaria para llevar a efecto lo acordado.

7º.- Dar traslado del presente, en unión de la documentación exigida, para la tramitación del oportuno expediente administrativo. 


PUNTO Nº 14: RUEGOS Y PREGUNTAS

Visto el Art.97. 6 y 7 del ROF, se formulan las siguientes:

Por parte de Dª. Isabel María Cuenca Navas:

1.- Se pregunta si el Ayuntamiento ha abonado los honorarios de la defensa en juicio  de los señores Juan Carlos Lisbona y Rafael Palacios.
Responde D. José Gallego que dichos gastos deben ser asumidos por el Ayuntamiento, puesto que el juicio ha tenido lugar por hechos llevados a cabo en el ejercicio de sus funciones como políticos de esta Entidad Local, siendo absueltos, con lo cual su conducta estuvo dentro de los márgenes de la Ley. Y, efectivamente, por el anterior equipo de gobierno se efectuaron ciertos pagos como provisión de fondos por este concepto. Por el momento no se han abonado tales cantidades, pero se hará cuando presupuestariamente se pueda afrontar.

2.- Se pregunta si se ha recibido el anticipo a cuenta del año 2012 de la Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma, y si ha sido así si se ha pagado a proveedores, y a qué se va a destinar ese importe.
El Sr. Alcalde comenta no haberlos recibido por el momento, y que cuando esto tenga lugar ya se determinará en qué se invertirá, aunque todo apunta que servirán para sufragar facturas del ejercicio 2012, puesto que aquellas de fecha 31 de diciembre de 2011 hacia atrás será pagadas con cargo al préstamo previsto en el Real Decreto 4/2012, de 14 de febrero.

3.- Se solicita información sobre los criterios y condiciones tenidos en cuenta para la contratación de los últimos seis trabajadores y a qué partida presupuestaria se imputará este coste.
Contesta el Sr. Gallego que tales contrataciones se han llevado a cabo en el marco del Plan Provincial de Obras y Servicios de 2011, cuya financiación corre a cargo de la Diputación Provincial y elegidos teniendo en cuenta los perfiles de profesionalidad necesarios para ejecutar tal inversión.

4.- Se pregunta por una subvención recibida en el mandato del Alcalde que precedió al actual,  por importe de unos 360.000 euros para la ejecución de un Proyecto de Salón a actos y en qué se está gastando ese dinero.
En principio responde el Sr. Alcalde que no tiene conocimiento de ninguna subvención por esa cuantía. Ahora bien, sí existe un proyecto por ese concepto del anterior equipo de gobierno, que no llegó a ejecutarse, correspondiente a unos Planes Provinciales, y cuyos remanentes se encuentran en la Diputación, habiéndose aprobado en la época de Salvador Pendón un cambio de destino de esa actuación para llevar a cabo la adecuación del Cementerio Municipal. Ahora bien, la subvención es de unos 81.000 euros, y está sin ingresar por el momento, y entiende tendrá lugar conforme se vaya certificando la obra.


Y no habiendo más asuntos a tratar incluidos  en el Orden del Día, por la Presidencia se levantó la sesión, siendo las veinte horas y veinte minutos, de la que se extiende el presenta acta que firma su Presidente, conmigo la Secretaria, que certifico.-


 

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